¿Qué es la evaluación compensatoria?

La evaluación compensatoria es aquella en la que, a petición del estudiante, se valora la aptitud global para recibir el título cuando de la forma habitual no haya podido obtenerlo.

Consiste en la aprobación de una de las asignaturas que forman parte del plan de estudios de un título de grado o máster.

Solo se puede solicitar una vez en la vida para una asignatura correspondiente a una titulación concreta.

Esta evaluación se aplica principalmente para ayudar a los estudiantes que pueden haber tenido dificultades en una asignatura concreta, pero que muestran evidencia de que poseen los conocimientos, habilidades o competencias necesarios para superar el curso o asignatura en cuestión.

No es un “aprobado regalado”, sino un mecanismo muy regulado que se concede solo en casos concretos y tras analizar la trayectoria del estudiante.

A partir de las normativas de distintas universidades (Málaga, Salamanca, Complutense de Madrid, País Vasco, Autónoma de Barcelona, etc.), se identifican requisitos y elementos comunes, aunque cada centro establece sus propios matices.

¿Qué es la compensación curricular?

Un órgano específico de la universidad (Tribunal de Compensación o decanato/dirección del centro) valora si un estudiante puede superar una asignatura sin haber alcanzado el 5 en las convocatorias ordinarias, teniendo en cuenta:

  • Su aptitud global para obtener el título.
  • Su expediente académico completo.
  • Su trayectoria concreta en la asignatura.

Si la resolución es favorable, suele reflejarse como “apto por compensación”, que computa como un 5 a efectos de expediente, con la anotación de que ha sido obtenido por compensación.

Requisitos generales habituales

Aunque cada universidad tiene su normativa, casi todas comparten cuatro bloques de requisitos.

Nota mínima en alguna convocatoria

Se exige no haber estado “muy lejos” del aprobado en al menos una convocatoria:

  • Universidad de Salamanca (USAL): se valora la progresión y varias convocatorias cursadas; sin cifra exacta, pero con seguimiento de la trayectoria.
  • Universidad Complutense de Madrid (UCM): media de al menos 3 en dos calificaciones de la asignatura.
  • Universidad del País Vasco (UPV/EHU): mínimo un 3 en alguna convocatoria.
  • Universitat Autònoma de Barcelona (UAB): al menos un 3,5 en alguna evaluación.

En resumen: suele pedirse un nivel mínimo de 3-3,5/10 para considerar que se domina una parte significativa de los contenidos.

Número de convocatorias presentadas

Se requiere haber intentado la asignatura varias veces antes de pedir compensación:

  • USAL: al menos dos calificaciones de suspenso en dos cursos distintos.
  • UCM: al menos cuatro presentaciones.
  • UPV/EHU: mínimo tres convocatorias.
  • UAB: en general, haber agotado las matrículas ordinarias (salvo si con ella se finalizan los estudios).

La filosofía: la compensación está pensada para quien demuestra esfuerzo sostenido y aun así no alcanza el aprobado.

Créditos superados y situación en la titulación

Habitualmente se reserva a tramos finales de la carrera:

  • USAL:
    • Superar al menos el 60% de los ECTS en la propia USAL.
    • La asignatura pendiente debe ser la única (excluyendo Prácticum/Prácticas y TFG/TFM) y no superar 12 ECTS en grado ni 6 en máster.
  • UCM:
    • Debe quedar una sola asignatura para terminar el grado, distinta del TFG.
    • La asignatura no puede superar 12 ECTS.
    • Al menos el 50% de la carga del título cursada en la UCM.
  • UPV/EHU:
    • Superado el 90% de los créditos compensables.
    • Se puede compensar como máximo el 6% de los créditos del grado, salvo una única asignatura que lo supere ligeramente.
  • UAB:
    • Solo una asignatura por titulación, hasta 12 créditos.
    • No se puede compensar TFG ni Prácticum.

En resumen: se reserva para el final de los estudios, cuando queda uno (o muy pocos) obstáculos para titularse.

Créditos superados y situación en la titulación

Habitualmente se reserva a tramos finales de la carrera:

  • USAL:
    • Superar al menos el 60% de los ECTS en la propia USAL.
    • La asignatura pendiente debe ser la única (excluyendo Prácticum/Prácticas y TFG/TFM) y no superar 12 ECTS en grado ni 6 en máster.
  • UCM:
    • Debe quedar una sola asignatura para terminar el grado, distinta del TFG.
    • La asignatura no puede superar 12 ECTS.
    • Al menos el 50% de la carga del título cursada en la UCM.
  • UPV/EHU:
    • Superado el 90% de los créditos compensables.
    • Se puede compensar como máximo el 6% de los créditos del grado, salvo una única asignatura que lo supere ligeramente.
  • UAB:
    • Solo una asignatura por titulación, hasta 12 créditos.
    • No se puede compensar TFG ni Prácticum.

En resumen: se reserva para el final de los estudios, cuando queda uno (o muy pocos) obstáculos para titularse.

2.4. Nota media del expediente y su importancia

La nota media suele ser clave y, en muchos casos, se exige una media mínima de aprobado para poder solicitar la compensación.

  • USAL: especial atención al tramo 5-6 de media ponderada. Cuando se cumplen los demás requisitos, el Tribunal valora:
    • Trayectoria en la asignatura: evolución, esfuerzo y calificaciones previas.
    • Expediente global: lectura absoluta y relativa.
    • Méritos y circunstancias acreditadas: trabajo-estudio, situaciones sobrevenidas, etc.

Este enfoque se repite, con matices, en otras universidades: la media es un indicador de desempeño global razonable.

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¿Se pueden compensar asignaturas optativas?

El tratamiento varía por universidad:

  • UCM: en general no se compensan optativas, salvo cuando no superarlas obligaría a adaptarse a un nuevo plan de estudios o cambiar de itinerario/mención, evitando perjuicios desproporcionados.
  • UAB: se permite solicitar compensación de una optativa solo si su superación implica la finalización de los estudios.
  • USAL y UPV/EHU: se excluyen expresamente TFG, Prácticum y prácticas externas; el tratamiento de optativas exige consultar el reglamento concreto.

En general: las optativas se compensan con más restricciones y solo si su no superación genera un problema estructural o son la última asignatura pendiente.

Asignaturas excluidas de compensación

  • Trabajo Fin de Grado (TFG) y Trabajo Fin de Máster (TFM).
  • Prácticum, prácticas externas, clínicas, profesionales o tuteladas.

Se consideran troncales para verificar competencias profesionales y deben superarse por evaluación ordinaria.

Procedimiento y papel del Tribunal de Compensación

El esquema habitual es:

  • El estudiante presenta la solicitud en el plazo del calendario académico, acreditando requisitos (créditos, convocatorias, nota mínima, etc.).
  • La secretaría/unidad académica verifica las condiciones formales.
  • El expediente pasa al Tribunal de Compensación (o decanato/dirección), que:
    • Revisa el expediente completo.
    • Analiza la trayectoria en la asignatura.
    • Puede valorar circunstancias personales o académicas especiales.
  • El tribunal emite resolución favorable o desfavorable.

Importante: cumplir los requisitos no garantiza la compensación; depende de una decisión motivada del órgano competente.

Ideas clave para estudiantes

  • Suele pedirse que sea tu última asignatura (o una de las últimas) y haber superado un porcentaje alto de créditos (50%, 60%, 90%, según universidad).
  • Debes haberte presentado varias veces y haber alcanzado al menos 3-3,5 en alguna convocatoria.
  • La nota media del expediente influye: un expediente sólido refuerza la viabilidad.
  • Normalmente no se compensan TFG, Prácticum ni prácticas externas.
  • Las optativas se compensan solo en casos muy concretos y con muchas cautelas.
  • Aunque reúnas todos los requisitos, la decisión es discrecional del Tribunal.

En definitiva, la evaluación compensatoria es una vía excepcional para quienes han demostrado esfuerzo, rendimiento global suficiente y solo tienen un último obstáculo para titularse. Si crees que es tu caso, revisa con detalle la normativa específica de tu universidad y pide asesoramiento en tu facultad o servicio de atención al estudiante.

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